Política de no discriminación Y Título IX.

Política de no discriminación

 

El Krishnamurti Center LLC es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades. El Centro se compromete a proporcionar un ambiente de trabajo libre de acoso, discriminación, represalias y conductas irrespetuosas u otras conductas no profesionales basadas en raza, religión (incluidas las prácticas religiosas de vestimenta y arreglo personal), color, sexo/género (incluidos embarazo, parto, lactancia o condiciones médicas relacionadas), estereotipo sexual, identidad de género/expresión de género/transgénero (incluso si está en transición o ha hecho una transición) y orientación sexual, origen nacional (incluidas las restricciones de uso del idioma y la posesión de una licencia de conducir emitida a personas que no pueden demostrar su presencia en los Estados Unidos está autorizado por la ley federal (Código de vehículos, sección 12801.9)), ascendencia, discapacidad física o mental, condición médica, información/características genéticas, estado civil/estado de pareja doméstica registrada, edad (40 años o más), orientación sexual, condición de militar o de veterano, y cualquier otra base protegida por leyes u ordenanzas o reglamentos federales, estatales o locales ación

TÍTULO IX PROCEDIMIENTO DE QUEJAS

Cualquier estudiante, empleado o tercero que crea que ha sido objeto de acoso, discriminación, represalias u otra conducta prohibida por un estudiante, empleado o tercero en violación de la Política de No Discriminación del Título IX. 

Se requiere que todos los empleados responsables informen inmediatamente al Coordinador del Título IX de toda conducta sexual inapropiada real o sospechada. Un empleado responsable es cualquier empleado que tiene la autoridad para tomar medidas para reparar la conducta sexual inapropiada, a quien se le ha encomendado el deber de informar incidentes de conducta sexual inapropiada al Coordinador del Título IX, o a quien un estudiante o empleado podría creer razonablemente que tiene esta autoridad o deber. . El Centro Krishnamurti está informado si un empleado responsable sabía, o en el ejercicio de un cuidado razonable debería haber sabido, sobre la conducta sexual inapropiada. El Centro Krishnamurti trata a todo el personal docente y administrativo como empleados responsables.

Cualquier estudiante, empleado o tercero que crea que ha sido discriminado o acosado en violación de esta política y procedimientos puede presentar una queja oralmente o por escrito al Coordinador del Título IX del Centro Krishnamurti.

Información de contacto del coordinador del Título IX:

tara hahn
Gerente de negocios
1070 McAndrew Rd.
Ojai, CA 93023
Coordinador-Título-IX@KrishnamurtiCenter.Org

El Coordinador del Título IX recibirá todos los detalles relevantes sobre la supuesta violación para determinar qué ocurrió y cómo resolver la situación. Esto incluye los nombres de la presunta víctima y el presunto perpetrador (si se conoce), y la fecha, hora y lugar de la presunta violación.

Un empleado del Centro Krishnamurti debe, siempre que sea posible, antes de que un estudiante o empleado revele información que desee mantener confidencial, asegurarse de que la persona que hace el informe comprenda las obligaciones del empleado de informar al Coordinador del Título IX, la opción de la víctima. solicitar confidencialidad, que el Centro Krishnamurti tomará en consideración, y la capacidad de la víctima para compartir la información de manera confidencial con los empleados designados del Centro Krishnamurti.

El Centro Krishnamurti mantendrá la confidencialidad en la medida de lo posible. El deber del empleador de investigar y tomar medidas correctivas puede requerir la divulgación de información a las personas que necesitan saber.

Dado que el hecho de no denunciar el acoso y la discriminación impide que el Centro Krishnamurti pueda detener el comportamiento, el Centro Krishnamurti recomienda encarecidamente a cualquier persona que crea que está siendo acosada o discriminada que presente una denuncia. El Centro Krishnamurti también recomienda enfáticamente que se presenten dichas quejas dentro de los 30 días posteriores al presunto incidente. Si bien todas las quejas se toman en serio y se investigan con prontitud, la demora en la presentación impide la capacidad del Centro Krishnamurti para investigar y remediar.

Las quejas se responderán de manera oportuna, se mantendrán confidenciales en la medida de lo posible, se investigarán imparcialmente por personal calificado de manera oportuna, se documentarán y rastrearán para verificar el progreso razonable, se darán las opciones apropiadas para la acción correctiva y la resolución, y se cerrarán de manera oportuna.

El Centro Krishnamurti investigará las quejas que involucren actos que ocurran fuera del campus si están relacionados con una actividad académica o laboral o si la conducta de acoso interfiere o limita la capacidad de un estudiante o empleado para participar o beneficiarse de los programas o actividades del Centro Krishnamurti.

El Centro Krishnamurti tiene autoridad sobre los estudiantes, empleados y terceros por presuntas violaciones de esta política que ocurran en la propiedad del Centro Krishnamurti. El Centro Krishnamurti tiene autoridad sobre los empleados y estudiantes por presuntas violaciones de esta política que ocurran en las actividades o eventos del Centro. El Centro Krishnamurti puede ejercer autoridad sobre eventos que ocurren fuera del campus para determinar si la conducta ocurrió en el contexto de un programa o actividad educativa o tuvo efectos continuos en el campus o en un programa o actividad educativa fuera del campus.

Al recibir la notificación de una queja por acoso o discriminación, el Coordinador del Título IX deberá:

  • Realice una evaluación inmediata sobre la salud y la seguridad de la víctima y la comunidad del campus en su conjunto. El Centro Krishnamurti proporcionará a la parte informante y a la parte demandada las medidas provisionales inmediatas necesarias para proteger su salud y seguridad. Estas medidas provisionales inmediatas pueden incluir: proporcionar una escolta para garantizar que la víctima pueda moverse con seguridad entre actividades; asegurarse de que la víctima y el perpetrador no asistan a las mismas actividades o trabajen en la misma área; impidiendo el ingreso de terceros infractores a las instalaciones del Centro.
  • Realizar esfuerzos para resolver la queja de manera informal, incluida, entre otras, la mediación; reordenamiento de horarios laborales / académicos; obtener disculpas; proporcionar asesoramiento informal, formación, etc.
  • Avise a todas las partes que no es necesario que participen en una resolución informal de la queja, como se describe anteriormente, y que tienen derecho a finalizar el proceso de resolución informal en cualquier momento.
  • Informar al denunciante que puede presentar una denuncia ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de los Estados Unidos. Informar a todos los denunciantes que tienen derecho a presentar una denuncia ante la policía local, si el acto denunciado también es un acto delictivo. El Centro Krishnamurti debe investigar incluso si el denunciante presenta una denuncia ante la policía local. Además, el Centro Krishnamurti debe asegurarse de que los denunciantes conozcan los recursos disponibles, como los servicios de asesoramiento, salud y salud mental.
  • Tome medidas provisionales para proteger al denunciante de entrar en contacto con una persona acusada, especialmente si el denunciante es víctima de violencia sexual. El Coordinador del Título IX debe notificar al denunciante de sus opciones para evitar el contacto con la persona acusada y permitir que los estudiantes cambien las situaciones académicas según corresponda. Por ejemplo, el Centro Krishnamurti puede prohibir que la persona acusada tenga cualquier contacto con el denunciante en espera de los resultados de la investigación. Al tomar medidas para separar al denunciante del individuo acusado, el Centro Krishnamurti minimizará la carga sobre el denunciante.

Cuando la denuncia involucre a un menor, el Centro cumplirá con los requisitos de presentación de informes exigidos por California.

El Coordinador del Título IX deberá:

  • Autorizar la investigación de la denuncia y supervisar o realizar una investigación exhaustiva, rápida e imparcial de la denuncia, como se establece a continuación. Cuando las partes opten por una resolución informal, el Coordinador del Título IX determinará si es necesaria una investigación adicional para asegurar la resolución del asunto y utilizará el proceso de investigación que se describe a continuación según corresponda. Una investigación incluirá entrevistas con el denunciante, el acusado y cualquier otra persona que pueda tener conocimiento relevante sobre la denuncia. Esto puede incluir víctimas de conducta similar.
  • Revisar la información fáctica recopilada a través de la investigación para determinar si la presunta conducta constituye acoso u otra conducta discriminatoria ilegal, teniendo en cuenta toda la información fáctica y la totalidad de las circunstancias, incluida la naturaleza de la conducta verbal, física, visual o sexual. y el contexto en el que ocurrieron los supuestos hechos.

El Centro Krishnamurti investigará con prontitud todas las quejas y denuncias de acoso o discriminación. Ningún reclamo de acoso laboral o académico o discriminación quedará sin examinar. Esto incluye quejas relacionadas con actividades que ocurren fuera del campus y en conexión con todos los programas académicos, educativos, extracurriculares, atléticos y otros del Centro Krishnamurti, ya sea que esos programas se lleven a cabo en las instalaciones del Centro Krishnamurti, en un vehículo del Centro Krishnamurti o en una clase o programa de capacitación patrocinado por el Centro Krishnamurti en otro lugar. El Centro Krishnamurti investigará con prontitud las denuncias de acoso o discriminación que ocurran fuera del campus si la supuesta conducta crea un ambiente hostil en el campus.

Como se estableció anteriormente, cuando las partes opten por una resolución informal, el Coordinador del Título IX puede limitar el alcance de la investigación, según corresponda. El Centro Krishnamurti mantendrá la confidencialidad de la investigación en la medida de lo posible, pero no puede garantizar la confidencialidad absoluta porque la divulgación de cierta información "sobre la base de la necesidad de saber" es esencial para una investigación exhaustiva. Al determinar si mantener la confidencialidad, el Centro Krishnamurti puede sopesar la solicitud de confidencialidad frente a los siguientes factores: la gravedad del presunto acoso; la edad del denunciante; si ha habido otras denuncias de acoso sobre la misma persona; y los derechos de la persona acusada a recibir información sobre las alegaciones si el Centro mantiene la información como un "registro del alumno" según la sección 49061 del Código de Educación de California. El Centro Krishnamurti informará al denunciante si no puede mantener la confidencialidad.

El Centro Krishnamurti investigará las denuncias de acoso y discriminación de manera justa y objetiva. Los empleados designados para desempeñarse como investigadores en virtud de esta política deberán tener la capacitación adecuada sobre lo que constituye acoso sexual, incluida la violencia sexual, y comprender cómo funcionan los procedimientos de presentación de quejas del Centro Krishnamurti. El investigador no puede tener ningún conflicto de intereses real o percibido y debe poder investigar las denuncias de manera imparcial.

Una vez que decida abrir una investigación que pueda dar lugar a medidas disciplinarias contra la persona acusada, el Centro Krishnamurti notificará por escrito a la persona acusada sobre las alegaciones que constituyen una posible violación de la Política de no discriminación del Título IX del Centro Krishnamurti. 

Los investigadores seguirán los siguientes pasos: entrevistar a los denunciantes; entrevistar a la(s) persona(s) acusada(s); identificar y entrevistar testigos y pruebas identificados por cada parte; identificar y entrevistar a cualquier otro testigo, si es necesario; recordar a todas las personas entrevistadas la política de no represalias del Centro Krishnamurti; considerando si cualquier persona involucrada debe ser removida del campus hasta que se complete la investigación; revisar los archivos personales/académicos de todas las partes involucradas; llegar a una conclusión sobre las alegaciones y cualquier acción disciplinaria y correctiva apropiada; y ver que todas las acciones recomendadas se lleven a cabo de manera oportuna.

Cuando la víctima haya presentado una denuncia penal ante la policía local, el Centro Krishnamurti considerará qué información puede compartir el Centro Krishnamurti, de conformidad con las leyes estatales y federales, para garantizar que no se requiera innecesariamente que las víctimas den múltiples declaraciones sobre un evento traumático. evento. El Centro Krishnamurti continuará realizando su propia investigación exhaustiva, confiable, rápida e imparcial.

La víctima y el acusado tendrán las mismas oportunidades de presentar testigos pertinentes y otras pruebas al investigador del Centro Krishnamurti.

Los resultados de la investigación de una queja se establecerán en un informe escrito que incluirá al menos toda la siguiente información:

  • Una descripción de las circunstancias que dieron lugar a la denuncia;
  • Un resumen del testimonio proporcionado por cada testigo entrevistado por el investigador;
  • Una determinación de credibilidad de la víctima, acusado y testigos;
  • Un análisis de la evidencia relevante recopilada durante el curso de la investigación;
  • Un hallazgo específico sobre si existe una causa probable para creer que ocurrió acoso, discriminación o represalia con respecto a cada alegación en la queja; y
  • Cualquier otra información que la Escuela considere apropiada.

El Centro Krishnamurti utilizará un estándar de prueba de "preponderancia de la evidencia" para determinar si ha habido una violación de la Política de no discriminación del Título IX del Centro Krishnamurti. Este estándar de prueba también se conoce como estándar de "más probable que no".

El Centro Krishnamurti emprenderá su investigación tan pronto como sea posible.

El Centro Krishnamurti notificará por escrito el resultado de la investigación a las partes al mismo tiempo. El Centro Krishnamurti informará al denunciante si encontró que ocurrió la supuesta conducta, cualquier recurso individual ofrecido al denunciante o cualquier sanción impuesta a la persona acusada que se relacione directamente con la parte denunciante, y otros pasos que el Centro haya tomado para eliminar la conducta hostil. ambiente, si el Centro Krishnamurti encontrara uno para existir. Este aviso se proporcionará a los padres de los estudiantes menores de 18 años y directamente a los estudiantes mayores de 18 años.

El Centro Krishnamurti espera que todos los empleados cooperen con una investigación del Centro Krishnamurti sobre denuncias de acoso o discriminación. La falta de cooperación impide que el Centro Krishnamurti pueda investigar a fondo y responder con eficacia. Sin embargo, la falta de cooperación de un denunciante o testigos no exime al Centro de su obligación de investigar. El Centro Krishnamurti llevará a cabo una investigación si descubre que se está o puede estar ocurriendo acoso, con o sin la cooperación de la(s) presunta(s) víctima(s) e independientemente de si se presenta una denuncia. No se tomarán represalias contra ningún empleado como resultado de presentar una queja o participar en una investigación en el lugar de trabajo.

Las investigaciones se llevan a cabo mejor dentro de un clima confidencial. Por lo tanto, el Centro Krishnamurti no revela información sobre investigaciones en curso excepto cuando sea necesario para cumplir con sus obligaciones legales. El Centro Krishnamurti mantendrá la confidencialidad de la investigación en la medida de lo posible, pero no puede garantizar la confidencialidad absoluta porque la divulgación de cierta información en la "base necesaria" es esencial para una investigación exhaustiva y para proteger los derechos de los estudiantes acusados y empleados durante el proceso de investigación y cualquier medida disciplinaria subsiguiente.

Disciplina y acción correctiva

Si el acoso, la discriminación o las represalias ocurrieron en violación de la Política de no discriminación del Título IX, el Centro Krishnamurti tomará acción disciplinaria contra el acusado y cualquier otra acción correctiva que considere apropiada. La acción será rápida, efectiva y acorde con la gravedad de la ofensa. Los recursos para el denunciante pueden incluir, entre otros:

  • Proporcionar una escolta para garantizar que el denunciante pueda moverse con seguridad entre clases y actividades;
  • Asegurar que el denunciante y el presunto autor no asistan a las mismas clases o trabajen en la misma área de trabajo;
  • Evitar que terceros infractores entren al campus;
  • Proporcionar una remisión a servicios de asesoramiento;
  • Proporcionar una remisión a servicios médicos;
  • Proporcionar servicios de apoyo académico, como tutoría;
  • Revisar cualquier acción disciplinaria tomada contra el denunciante para ver si existe una conexión causal entre el acoso y la mala conducta que pueda haber dado lugar a que el denunciante sea disciplinado.

Las acciones disciplinarias contra la facultad, el personal y los estudiantes se ajustarán a todos los estatutos, reglamentos, políticas de personal y procedimientos pertinentes.

los Centro Krishnamurti también tomará las medidas razonables para proteger al denunciante de un mayor acoso o discriminación, y para proteger al denunciante y testigos de represalias como resultado de comunicar la denuncia o ayudar en la investigación.

El Centro Krishnamurti se asegurará de que los denunciantes y los testigos sepan cómo denunciar cualquier problema posterior, y debe hacer un seguimiento con los denunciantes para determinar si se han producido represalias o nuevos incidentes de acoso. El Centro Krishnamurti tomará las medidas razonables para garantizar la confidencialidad de la investigación y proteger la privacidad de todas las partes en la medida de lo posible sin obstaculizar la capacidad del Centro Krishnamurti para investigar y responder eficazmente a la denuncia.

Si el Centro Krishnamurti no puede tomar medidas disciplinarias contra la persona acusada porque el denunciante se niega a participar en la investigación, debe tomar otras medidas para limitar los efectos del presunto acoso y evitar que vuelva a ocurrir.

Si el Centro Krishnamurti impone medidas disciplinarias contra un estudiante o empleado como resultado de los resultados de su investigación, el estudiante o empleado puede apelar la decisión utilizando el procedimiento para apelar una decisión disciplinaria.